Prórroga de la vigencia el IP en la normativa estatal
Con el fin de contribuir a mantener la consolidación de las finanzas públicas, se prorroga la exigencia del gravamen del IP durante el año 2017. RDL 3/2016 art.4, BOE 3-12-2016
En el ámbito estatal, la L 4/2008 derogó el gravamen del IP, con efectos desde el 1-1-2008, al establecer una bonificación estatal del 100% sobre la cuota íntegra del Impuesto. El Impuesto fue restablecido con efectos exclusivamente para los años 2011 y 2012, al mismo tiempo que se preveía la supresión del gravamen por el Impuesto con efectos desde el 1-1-2013 (RDL 13/2011).
No obstante, desde entonces la vigencia del impuesto se ha venido prorrogando durante los años 2013 (L 16/2012), 2014 (L 22/2013), 2015 (L 36/2014) y 2016 (L 48/2015). Ahora, y en el mismo sentido que años anteriores, se ha decidido prorrogar la exigencia del gravamen por el IP para el año 2017 al establecer que, con efectos desde el 1-1-2018 y vigencia indefinida:
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